Todos hemos creído siempre que, el conocido como alcance «por detrás» (vehículo que golpea al que circulaba delante de él), es a consecuencia y exclusivamente por imprudencia del que golpea, esto se basa en el art. 54 del Reglamento General de Circulación que regula la distancia de seguridad obligatoria entre vehículos, y que establece que: Todo conductor de un vehículo que circule detrás de otro deberá dejar entre ambos un espacio libre que le permita detenerse, en caso de frenado brusco, sin colisionar con él.
Pero esta interpretación está empezando a cambiar en nuestros tribunales y ya se conocen las primeras sentencias que ponen en tela de juicio este criterio, aplicando también el Artículo 53. Que regula la reducción de velocidad y que a su vez establece que: Salvo en caso de inminente peligro, todo conductor, para reducir considerablemente la velocidad de su vehículo, deberá cerciorarse que puede hacerlo sin riesgo para otros conductores y está obligado a advertirlo previamente del modo previsto en el artículo 109 de este Reglamento, no pudiendo realizarlo de forma brusca, para que no produzca riesgo de colisión con los vehículos que circulan detrás del suyo.
Pero, ¿Qué ocurre, si, circulando en una autovía, el vehículo que circula delante de mí, frena bruscamente y sin que haya ninguna causa que lo justifique, y como consecuencia, yo que circulo detrás, le golpeo?
En principio, y hasta ahora siempre ha sido así, la culpa era, exclusivamente, del vehículo que golpeaba, que debía abonar los daños del contrario, y sufragar los suyos, y no tenía derecho a reclamar por los daños personales que sufriera (posibles bajas y secuelas). Ahora las cosas están cambiando y ya hay tribunales que establecen que si la parada del vehículo que circula delante, es acusada y sin motivo alguno, será este el responsable de los daños ocasionados en el vehículo que le golpea y en el conductor del mismo. Y así lo ha establecido en algunos casos en la Audiencia Provincial de Madrid y otras Audiencias Provinciales.
Esto tiene especial interés en el caso de las motos, dada la mayor dificultad que un frenazo brusco tiene para ellas.
Si te encontraras en una situación así, es más importantísimo que se realice atestado en el momento y que intentes buscar testigos del hecho, de cómo ocurrió y que además puedan declarar que el frenazo del vehículo que circulaba delante fue brusco e injustificado.
Como siempre apelamos a la solidaridad motera, si ves un accidente de este tipo no pases de largo, y ofrece tu testimonio al compañero para que pueda reclamar sus derechos.