Desde el pasado 30 de junio te puedes desgravar el 15 por ciento en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) si te compras un vehículo eléctrico, también una moto o scooter eléctrico. Esta medida se lanza tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto Ley 5-2023.

Las motos que te puedes desgravar son las que se encuentran en las categorías L3e, L4e y L5e, o lo que es lo mismo motos y scooter de dos o tres ruedas simétricas del equivalente de más de 50 cc o con una velocidad superior a 50 km/h. Son los mismos vehículos que se veían beneficiados del Plan Moves y que se encuentren dentro del la base de datos de vehículos del IDAE (Instituto de Diversificación y Ahorro de Energía).

Se trata de la primera vez que un ciudadano para uso particular se puede desgravar la compra de un vehículo en su Declaración de la Renta, antes sólo podían hacerlo autónomos o empresas. El precio máximo es de 10.000 euros para dos o tres ruedas, en el caso de cuadriciclos no hay límite. El tope de la deducción está fijado en 3.000 euros al que le podrás sumar los 1.300 euros adicionales del Plan Moves III.

Esta deducción del 15 por ciento en IRPF también aplicará si te instalas un punto de recarga, con un tope de deducción de 4.000 euros anuales.

Estas medidas estarán vigentes hasta el próximo 31 de diciembre de 2024.

Se quedan fuera ciclomotores y motos eléctricas de altas prestaciones

La Asociación Nacional de Empresas del Sector de las Dos Ruedas (ANESDOR) se muestra decepcionada con las nuevas ayudas para la adquisición de vehículos eléctricos que el Gobierno acaba de publicar en el Boletín Oficial del Estado, al considerar que se pierde una ocasión de oro para impulsar la electrificación del parque de ciclomotores y motocicletas.

ANESDOR apoya la deducción del 15% del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) para quienes adquieran un vehículo eléctrico que ha puesto en marcha el Ejecutivo, pero rechaza que las condiciones concretas del Real Decreto-ley 5/2023 vuelvan repetir los errores que ya recogía el Plan MOVES. Estos errores son la exclusión de los ciclomotores eléctricos (especialmente adecuados en los nuevos entornos de “ciudades 30 km/h”) y de las motocicletas de más de 10.000 euros –impuestos no incluidos- (con mayores prestaciones que permiten la movilidad extraurbana).

“Estamos contentos con esta nueva oportunidad que se presenta para facilitar un nuevo impulso del mercado de los vehículos eléctricos. Sin embargo, no entendemos por qué se vuelven a repetir los errores que ya se planteaban en el Plan MOVES, al dejar fuera a los ciclomotores y a las motocicletas eléctricas con más prestaciones, que son las que permiten la movilidad extraurbana”, ha explicado José María Riaño, secretario general de ANESDOR.

De hecho, estas ayudas fiscales del Gobierno a la compra de eléctricos –que estarán en vigor desde ahora hasta el 31 de diciembre de 2024- llegan en un momento especialmente delicado para el mercado eléctrico de la moto y el vehículo ligero, ya que las matriculaciones de unidades 100% enchufables han tenido un comportamiento desigual en esta primera mitad del año y, concretamente, el de la motocicleta cero emisiones cayó en mayo un 35,6% respecto al mismo periodo de 2022.